INFORMAR
Visto el expediente instruido a D. Felipe Romero Villa , maestro propietario de una escuela nacional de Riotinto;
RESULTANDO que hace referencia a las relaciones sostenidas por él, en fechas lejanas, con determinados colegios religiosos, para probar su religiosidad; hecho que confirma el Párroco en su informe manifestando, que no obstante haber sido educado en un colegio religioso, nunca practicó antes del Movimiento Salvador;
RESULTANDO que de los informes del Párroco se deduce claramente la confirmación del cargo que se le hace, no obstante las afirmaciones en contra del interesado;
RESULTANDO que no ha pertenecido a Trabajadores de la Enseñanza;
CONSIDERANDO que antes del glorioso Movimiento Salvador ha dejado incumplidos sus deberes religiosos;
Esta COMISIÓN acuerda, por unanimidad, proponer para D. Felipe Romero Villa , maestro propietario de Riotinto, que no ha sido sancionado, la SUSPENSIÓN DE EMPLEO Y SUELDO durante CUATRO MESES .
No obstante, VE resolverá lo conveniente a los intereses de la Patria.
El Presidente,
La Secretaria,

